Archive | 21 febrero 2020

licencias 2020

CIRCULAR L01/2020
Temporada 2020

CIRCULAR

La Federación Canaria de Ajedrez, encargada de velar por la normativa dictada por la Federación Española de Ajedrez, en la circular 29-2019, en el asunto de recaudación, inscripción y normalización de las Licencia Federativa unificadas para 2020.
Dicha circular dice textualmente:
“RENOVACION DE LICENCIAS:
Las federaciones Autonómicas deberán ponerse en contacto con la FEDA para acordar la transferencia de datos, en función de su sistema informático de gestión. El plazo ordinario de renovación de licencias será hasta el 28 de febrero de 2020. La gestión de las licencias se realizará por el sistema GEFE. Se informará oportunamente cuando esta plataforma esté disponible para la carga de las licencias con efecto 2020.”
“ TRAMITACIÓN:

Es de aplicación el Reglamento General de Competiciones de la FEDA, en especial su Título II.
En consecuencia, para la participación en cualquier competición deportiva oficial, las personas físicas deberán estar en posesión de una licencia deportiva, sin perjuicio de cumplir con los requisitos deportivos, económicos u organizativos que se establezcan en cada competición.
Ninguna persona podrá tener más de una licencia por estamento. Para proceder al cambio de licencia y practicar una segunda inscripción será necesario cancelar o dar de baja la licencia previamente emitida.
La Licencia tendrá un precio único, resultado de la suma de tres conceptos:
– La cuota aprobada por la Federación Autonómica.
– La prima correspondiente al seguro contratado por la Federación Autonómica.
– La cuota aprobada por la Asamblea General de la FEDA.
Las licencias deberán ser expedidas por las Federaciones autonómicas, bien el papel, plástico, etc., o bien mediante soporte informático siempre que pueda acreditarse mediante consulta la validez, existencia y utilización de la licencia.
La FEDA no expedirá licencias, salvo en casos excepcionales. Todas las licencias deben tramitarse y pagarse a través de la Federación Autonómica.
La totalidad de las licencias expedidas por la Federación Autonómica deberán ser comunicadas a la FEDA para su registro. La FEDA elaborará y mantendrá actualizado el censo de licencias sobre la base de licencias que le sean comunicadas.
Dicha comunicación se extiende a la totalidad de las licencias: Para los estamentos arbitral y de monitores-entrenadores en categorías autonómicas, la parte FEDA será cero y deberá incluirse en la comunicación a la FEDA la denominación de cada categoría de ámbito autonómico por estamento.
La liquidación a las Federaciones Autonómicas se realizará de acuerdo con los importes correspondientes a la parte FEDA aprobados por la Asamblea General y que se comunican en la presente circular.”

“PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL:

La Federación Autonómica deberá informar a cada federado, en el momento de la expedición de la licencia, de su política de tratamiento de datos personales, así como de la cesión de éstos a la FEDA y FIDE.”
Por todo ello, en acuerdo de la junta Directiva de la Federación Canaria de Ajedrez, celebrado el 8 de febrero en Vecindario (Gran Canaria), se ACUERDA:
1. En acuerdo con la FEDA, poner el plazo máximo de cobro de Licencias en el ámbito de la Federación Canaria de Ajedrez, y tras acuerdo con la FEDA, el 21 de marzo de 2020.
Todos aquellos clubes/jugadores/árbitro/Monitores que con esa fecha NO hayan satisfecho el importe de sus licencias, serán dado de BAJA en el registro de Licencias, por lo que según el artículo de la Circular FEDA : En consecuencia, para la participación en cualquier competición deportiva oficial, las personas físicas deberán estar en posesión de una licencia deportiva, sin perjuicio de cumplir con los requisitos deportivos, económicos u organizativos que se establezcan en cada competición.

2. Por tanto, aquellos federados clubes/jugadores/árbitro/Monitores, que no se encuentren al corriente de sus licencias federativas de 2019 y 2020 serán descalificado de las competiciones que hayan participado o estén participando, así como su derecho al sufragio electoral que corresponda.

3. Así mismo La Federación Canaria de Ajedrez, se reservará el derecho a las sanciones deportivas o administrativas que pudiesen ser de aplicación por el Juez de Competición de la FCA.

En Puerto del Rosario, a 20 de febrero de 2020
El Presidente de la Federación Canaria de Ajedrez